Ayuntamiento de Nerja

Permisos, licencias, vacaciones e incidencias en el control horario

Ficha Informativa

Descripción del Trámite


Mediante este trámite los empleados públicos del Ayuntamiento de Nerja podrán solicitar los permisos, licencias y vacaciones, así como comunicar las incidencias ocurridas en el control horario.

1. ¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier empleado público del Ayuntamiento de Nerja.

2. ¿Cuándo se puede solicitar?

Permisos, licencias y vacaciones:Con carácter general, previo a su disfrute.

Incidencias Control Horario: El mismo o en el siguiente día que ocurra la incidencia.

3. Documentación que se debe aportar.

Solicitud debidamente cumplimentada y justificantes en el caso que corresponda.

4. Pasos a seguir.

Presentación solicitud debidamente cumplimentada.

5. Resolución y plazo de resolución.

Se rige por los plazos establecidos en el Real Decreto 1777/1994, de 5 de agosto, de adecuación de las normas reguladoras de los procedimientos de gestión de personal a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de que el supuesto no este contemplado en dicha norma, el plazo máximo será de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de entrada de la Administración u Organismo competente para su tramitación, según lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6. Recursos que se pueden interponer.

Contra la resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo Órgano que emitió resolución en el plazo de un mes (ej.: órgano emisor de la resolución: Alcaldía) , o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pueda interponer cuándo sea correspondiente y conforme a la convocatoria. Asimismo cuantos actos administrativos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas establecidos en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común y demás normativa de aplicación.

7. Legislación aplicable.

Funcionarios: Artículos 47-51 (Capítulo V) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, regulan la jornada de trabajo, permisos y vacaciones de los funcionarios públicos.

Personal Laboral: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la legislación laboral correspondiente

Documentación normalizada a presentar

.Solicitud

Normativa

Referencia Ley Orden / Capítulo Materia que Regula Texto Legal
5/2015 - de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) / 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Ver Texto

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