Altas y Bajas médicas
Ficha Informativa
Descripción del Trámite
Mediante este trámite los trabajadores del Ayuntamiento de Nerja podrán remitir los partes de alta y baja médica tanto los derivados de contingencias comunes como de contingencias profesionales, así como los partes de confirmación.
¿Quién puede solicitarlo? Cualquier trabajador que se encuentre en situación de Incapacidad Temporal.
¿Cuándo se puede solicitar?
* Parte de baja: el trabajador deberá presentar a la empresa la copia del parte de baja destinada a ella, en el plazo de 3 días a partir de la fecha de su expedición.
* Parte de confirmación: los mismos plazos que el parte de baja.
* Parte de alta: será presentado por el trabajador a la empresa, dentro de las 24 horas a partir de la expedición.
Documentación que se debe aportar: Partes de alta, baja, confirmación de incapacidad temporal.
Pasos a seguir: Se presenta parte de incidencia por enfermedad común, o laboral y una vez presentado informe médico o justificante en Registro de Entrada, el Departamento de Personal lo tramita según corresponda.
Documentación normalizada a presentar
.Solicitud |
Normativa
Referencia Ley | Orden / Capítulo | Materia que Regula | Texto Legal |
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1187/2015 - de 15 de junio, por la que se desarrolla RD 625/2014 | / | Altas y Bajas Médicas | Ver Texto |
Lugares de Atención
Nombre | REGISTRO GENERAL |
Dirección | CALLE CARMEN, 1 |
Horarios de Atención | INVIERNO: 7:45 - 13:45 ; VERANO: 8:00 - 13:30 |
Correos Electrónicos | registroentrada@nerja.es |
Teléfonos | 952 54 84 00 |