Ayuntamiento de Nerja

Altas y Bajas médicas

Ficha Informativa

Descripción del Trámite

Mediante este trámite los trabajadores del Ayuntamiento de Nerja podrán remitir los partes de alta y baja médica tanto los derivados de contingencias comunes como de contingencias profesionales, así como los partes de confirmación.
¿Quién puede solicitarlo? Cualquier trabajador que se encuentre en situación de Incapacidad Temporal.

¿Cuándo se puede solicitar?
* Parte de baja: el trabajador deberá presentar a la empresa la copia del parte de baja destinada a ella, en el plazo de 3 días a partir de la fecha de su expedición.
* Parte de confirmación: los mismos plazos que el parte de baja.
* Parte de alta: será presentado por el trabajador a la empresa, dentro de las 24 horas a partir de la expedición.
Documentación que se debe aportar: Partes de alta, baja, confirmación de incapacidad temporal.
Pasos a seguir: Se presenta parte de incidencia por enfermedad común, o laboral y una vez presentado informe médico o justificante en Registro de Entrada, el Departamento de Personal lo tramita según corresponda.

Documentación normalizada a presentar

.Solicitud

Normativa

Referencia Ley Orden / Capítulo Materia que Regula Texto Legal
1187/2015 - de 15 de junio, por la que se desarrolla RD 625/2014 / Altas y Bajas Médicas Ver Texto

Lugares de Atención

Nombre REGISTRO GENERAL
Dirección CALLE CARMEN, 1
Horarios de Atención INVIERNO: 7:45 - 13:45 ; VERANO: 8:00 - 13:30
Correos Electrónicos registroentrada@nerja.es
Teléfonos 952 54 84 00